Las sentencias de la Corte Interamericana no son de chocolate

Casi se cumple un año de que se notificara la sentencia del caso García Rodríguez y otro contra México. Recordemos que en este asunto la Corte Interamericana le ordenó al Estado mexicano que eliminara la prisión preventiva oficiosa (PPO). Sin embargo, tanto el Poder Legislativo como el Ejecutivo poco han hecho para acatar la resolución internacional. Al contrario, el Presidente de la República ha anunciado que pretende ampliar el catálogo de delitos que ameritan PPO.

Por su parte, la Suprema Corte ha mostrado un poco más de voluntad para cumplir con la sentencia interamericana. Al respecto, el Pleno tiene listado un asunto en el que se pronunciará sobre la forma en que debe dar cumplimiento al fallo internacional. El ministro ponente de este asunto es Pardo Rebolledo. He tenido la oportunidad de leer el proyecto. En éste se plantea inaplicar la PPO y se señala que el derecho interno no puede ser pretexto para incumplir con los compromisos internacionales.

Aunque la sentencia del tribunal regional debió ser suficiente para que los jueces mexicanos empezaran a inaplicar la PPO, es importante el pronunciamiento de la Corte de México, toda vez que los plenos regionales, los tribunales colegiados y los juzgados de distrito han emitido resoluciones heterogéneas, al grado de que en la mitad del país se aplica la PPO y en la otra no.

Señalado lo anterior, considero que en este momento ya no se pueden hacer valer argumentos como una violación a la soberanía nacional o el típico sobre restricciones constitucionales, incluso argumentos sobre que la Constitución está por encima de los tratados internacionales, ya que estamos ante un fallo obligatorio para el Estado mexicano. Además, el Poder Ejecutivo, en un comunicado conjunto, determinó que iba a cumplir la sentencia.

Asimismo, si bien la resolución internacional puede ser criticada, se tiene que acatar, teniendo en cuenta que los argumentos que se hacen valer en “García Rodríguez” son bastante robustos. De esta forma, si no se toma en serio la sentencia internacional y nada más están de adorno estos criterios interamericanos, entonces que el Estado mexicano renuncie a la competencia contenciosa del tribunal regional, así como sucede con Estados Unidos, que no está sujeto a la jurisdicción de esta corte internacional.

En suma, se debe cumplir el fallo. Yo no sé qué va a argumentar el Estado mexicano ahora que tenga que informar sobre el cumplimiento a dicha sentencia, ya que prácticamente no se ha hecho nada. Lo correcto es acatar la resolución, no pudiendo hacerse valer el derecho interno para incumplir con los compromisos internacionales, ya que México asumió esa responsabilidad, por lo que no puede venir ahora a decir que no va a respetar la sentencia.

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