Otorgan amparo a policía contra obligación de rasurarse barba y bigote

Un juez de distrito otorgó un amparo contra la obligación de rasurarse barba y bigote. El amparo fue promovido por un policía. La controversia surgió debido a que se le solicitaba cortarse barba y bigote para la toma de una fotografía que se incorporaría al Sistema de Identificación Biométrica. El quejoso señaló una violación a la libertad religiosa, ya que su fe le prohíbe rasurarse. En la sentencia se señaló lo siguiente:

Los lineamientos establecen que las instituciones policiales y de seguridad pública deben adoptar el Sistema de Identificación Biométrica por Reconocimiento Facial como una herramienta de apoyo para la identificación de personas. Esto implica recopilar e identificar información biométrica a través de imágenes digitales del rostro.

Para cumplir con estas disposiciones, se establecen ciertos requisitos para las fotografías que se utilizarán en la base de datos. Por ejemplo, las personas que normalmente usan anteojos, lentes de contacto, aretes, piercings u otros objetos en el rostro deben ser fotografiadas sin estos elementos.

También se requiere que las personas estén sin maquillaje, aunque se aceptarán excepciones para el personal administrativo con maquillaje mínimo que no obstruya la identificación de la persona ni oculte características faciales importantes. Además, se indica que no deben tener barba ni bigote, salvo en casos excepcionales en los que no cubran las orejas ni las comisuras de la boca, y el enfoque de la fotografía debe ser principalmente en el área de la nariz y las orejas.

Sin embargo, se concluye que los lineamientos no prohíben expresamente el uso de barba y/o bigote, ya que permiten excepciones en casos extraordinarios. Obligar al quejoso a retirar el vello facial de las orejas y las comisuras de la boca, contravendría su derecho fundamental a la libertad religiosa, especialmente si el mantenimiento de la barba y el bigote son parte de sus creencias religiosas.

Por lo tanto, se determina que las autoridades deben tomar medidas necesarias para permitir que el quejoso actualice sus datos personales en la base de datos sin tener que retirar la barba y el bigote.

También se sugiere la implementación de otros métodos de identificación, como un sistema de huellas digitales, además de mantener las fotografías actuales en la base de datos.

En consecuencia, se otorga el amparo y protección de la Justicia Federal al quejoso, ordenando a las autoridades responsables dejar sin efecto los requerimientos de retirar la barba y el bigote, y permitir la actualización de los datos personales sin esa exigencia. Además, se instruye a las autoridades a emitir un oficio que designe al quejoso en sus actividades laborales anteriores, horarios y asignación de arma de fuego, siempre y cuando esto se haya realizado debido al impedimento del quejoso para quitarse la barba y el bigote para el registro fotográfico.

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