¿Te puedes amparar contra la desactivación de comentarios en redes sociales por parte de una autoridad?

La libertad de expresión en redes sociales es un tema que está muy presente en estos días. Hace poco, un tribunal colegiado otorgó un amparo contra la desactivación de comentarios en Twitter por parte de una diputada federal.

La sentencia del Décimo Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito concedió el amparo para que el quejoso pueda comentar los tweets de la diputada, siempre y cuando sean respetuosos y no abusivos.

Además, estableció que el flujo de información por Internet debe restringirse lo mínimo posible, en circunstancias excepcionales y limitadas, previstas en la ley, para proteger otros derechos humanos.

La sentencia también hace referencia a la importancia de la protección de la libertad de expresión en las redes sociales de los servidores públicos y la necesidad de demostrar un interés legítimo en los juicios de amparo.

¿Te puedes amparar contra la desactivación de comentarios en redes?

Claro que sí. En la era digital, las redes sociales se han convertido en un canal de comunicación esencial entre los ciudadanos y los funcionarios públicos. Sin embargo, ¿qué sucede cuando este canal se ve interrumpido por la desactivación de comentarios o el bloqueo de usuarios?

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México ha resuelto casos relacionados con la regulación de las redes sociales. En particular, ha amparado a ciudadanos que han sido bloqueados por servidores públicos en redes sociales. En un caso, la SCJN estableció que las redes sociales son un canal de comunicación entre la ciudadanía y los funcionarios públicos, por lo que prohibió a estos últimos bloquear a usuarios en Twitter que los incomoden con críticas.

Sin embargo, los ministros también advirtieron que, cuando los ciudadanos adoptan un comportamiento abusivo u ofensivo, los funcionarios pueden bloquearlos. En este sentido, aunque no se menciona explícitamente la desactivación de comentarios, podría interpretarse que los servidores públicos tienen cierto margen de maniobra para moderar las interacciones en sus redes sociales, pero por regla general no deberían desactivar los comentarios.

Es importante mencionar que estos casos se refieren específicamente a servidores públicos y su interacción con ciudadanos en redes sociales.

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