La prisión preventiva oficiosa y la contradicción de criterios 40/2023

Tal como se desprende de la nota informativa del CJF, el Pleno Regional en Materia Penal de la Región Centro-Norte, al resolver la contradicción de criterios 40/2023, determinó que es posible conceder la suspensión provisional con efectos restitutorios cuando en el juicio de amparo indirecto se reclama la prisión preventiva oficiosa.

Toda vez que se actualiza la apariencia del buen derecho derivado de las sentencias emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en los casos Tzompaxtle Tecpile y otros vs. México y García Rodríguez y otro vs. México, en las que se estableció que la prisión preventiva oficiosa es inconvencional.

Así, cuando el quejoso solicite la suspensión provisional contra la prisión preventiva oficiosa, ésta deberá tener efecto de tutela anticipada y el juez de la causa convocará a una audiencia de revisión de medidas cautelares dentro de un plazo de 48 horas.

La sesión del Pleno Regional

El proyecto aprobado

Ciertamente, el proyecto fue aprobado, pero con ajustes, por lo cual será hasta el engrose donde conoceremos con precisión los alcances del fallo. De la sesión del Pleno Regional se desprende que se precisarán los efectos dados a la sentencia.

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